El Acuerdo de Garantías de 15 de diciembre 2009
Como sabéis este texto fue firmado por CCOO, UGT y USO y en él se adoptan los siguientes acuerdos:
- “Están incluidas en el ámbito del presente Convenio Colectivo sobre materias concretas tanto las empresas del Grupo Gas Natural en España, así como las provenientes del Grupo Unión Fenosa en España. El presente Convenio será de aplicación a todo el personal que, durante la vigencia del mismo, se halle en activo en alguna de las empresas incluidas en su ámbito de aplicación.
- Salvo pacto en contrario, establecido una vez consumada la sucesión mediante acuerdo de empresa entre el cesionario y los representantes de los trabajadores, las relaciones de los trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida.
- Esta aplicación se mantendrá, en los términos que legalmente proceda, hasta la entrada en vigor de otro convenio nuevo que resulte aplicable a la entidad económica transmitida.
En el supuesto que el siguiente convenio colectivo a los actualmente vigentes al día de la firma del presente Convenio estableciese condiciones que resultasen menos favorables para algunos colectivos de los trabajadores afectados por procesos de fusión, reorganización y desinversión, la empresa respetará como garantía Ad Personam las condiciones económicas y de previsión social complementaria que resultasen más favorables del convenio anterior, pudiendo o no ser revalorizables y absorbibles en los términos que el convenio determine.”
Así pues, en su día, 3 de los 5 sindicatos con representación en esa Mesa decidieron aceptar que se mantendrían las condiciones del personal proveniente de UF, sólo hasta que se firmase un nuevo Convenio. Y también estaban de acuerdo CCOO, UGT y USO, en que las diferencias entre el Convenio anterior de UF y el nuevo en el que ya estarían a lo que se regulase para las empresas de GN se resolvería con condiciones Ad Personam, con condiciones individuales.
Como ya hemos explicado en anteriores notas con más exhaustividad, la CGT y CIG, no estuvimos de acuerdo, por cuanto representaba dejar la puerta abierta a lo que ahora está sucediendo: encima de la Mesa Negociadora hay un texto que ya ha firmado CCOO-Fiteqa y que está pendiente de ratificar por FIA-UGT, por el que se “cargan” las condiciones colectivas de todo el personal de UF (hay que recordar que las de Gas Natural, ya se habían encargado Fiteqa-CCOO y FIA-UGT de eliminarlas en anteriores Convenios). Y en ese punto estamos, ahora a la USO no le gusta la letra que le han puesto a la música que ya firmaron el pasado diciembre e intentan corregir el rumbo, pero ahora, si finalmente FIA-UGT decide que sí suscribe el convenio (¿lo van a volver a hacer sin tener en cuenta si los trabajadores a los que nos va a afectar el Convenio lo queremos o no?) será demasiado tarde.
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